Gravísimo. Bases de datos vendidas en Tepito y You Tube en los titulares de México
Empleados desonestos o hackers podrían ser responsable de estas noticias que están conmocionando la prensa mexicana.
Este es un tema eterno, como México no cuenta con una industria formal de bases de datos, entonces estos datos terminan siendo aprovechados en el mercado negro.
Esto va a abrir un gran debate en la industria. Si las cocas no se hacen en forma legal, se terminan haciendo en forma ilegal y al final todo acaba teniendo precio y los proveedores ilegales (empleados deshonestos o hackers) son los únicos beneficiarios.
Este tema va a requerir mucho trabajo de Directa, especialmente en un momento donde se esta discutiendo la ley de datos personales. Coincidencia?
Méxicana.
La Camará de Diputados mexicana Aprueba Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.. El pasado miércoles 13 de Abril, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó con 335 votos a favor, 3 en contra y 5 abstenciones el proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares; y se reforman los artículos 3, fracciones II y VII, y 33, así como la denominación del Capítulo II del Título Segundo de la de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
El proyecto de decreto pretende garantizar el derecho a la privacidad de la información de los ciudadanos mexicanos, al quedar regulado el tratamiento y control de los datos que hacen instituciones y entidades del sector privado y establece sanciones y multas de 100 a 320,000 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federa a quien recabe o transfiera datos personales sin el consentimiento expreso del titular. Además prohíbe la creación de bases de datos en contravención de la ley y otorga al ciudadano la oportunidad de solicitar a las empresas información que contenga datos personales por lo que todas las empresas y entidades deberán contar con los procedimientos necesarios para la recepción de las peticiones de los individuos.
El proyecto de decreto reforma los Artículos 3, fracciones II y VII, y 33, así como la denominación del capítulo II del Título Segundo de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. La fracción II del articulo 3º establece una definición de datos personales y la fracción VII cambia la denominación del IFAI por la del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, entidad que tendrá por objeto difundir el conocimiento del derecho a la protección de datos personales, promover su ejercicio y vigilar la observancia de las disposiciones de la ley.
Aquí hay una nota de El Universal donde un empleado cuenta detalles
Donde conocer más respecto de Protección de los Datos Personales de México (UNAM)
Para descargar el texto completo en .pdf
Este es un tema eterno, como México no cuenta con una industria formal de bases de datos, entonces estos datos terminan siendo aprovechados en el mercado negro.
Esto va a abrir un gran debate en la industria. Si las cocas no se hacen en forma legal, se terminan haciendo en forma ilegal y al final todo acaba teniendo precio y los proveedores ilegales (empleados deshonestos o hackers) son los únicos beneficiarios.
Este tema va a requerir mucho trabajo de Directa, especialmente en un momento donde se esta discutiendo la ley de datos personales. Coincidencia?
Méxicana.
La Camará de Diputados mexicana Aprueba Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.. El pasado miércoles 13 de Abril, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó con 335 votos a favor, 3 en contra y 5 abstenciones el proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares; y se reforman los artículos 3, fracciones II y VII, y 33, así como la denominación del Capítulo II del Título Segundo de la de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
El proyecto de decreto pretende garantizar el derecho a la privacidad de la información de los ciudadanos mexicanos, al quedar regulado el tratamiento y control de los datos que hacen instituciones y entidades del sector privado y establece sanciones y multas de 100 a 320,000 días de salario mínimo vigente en el Distrito Federa a quien recabe o transfiera datos personales sin el consentimiento expreso del titular. Además prohíbe la creación de bases de datos en contravención de la ley y otorga al ciudadano la oportunidad de solicitar a las empresas información que contenga datos personales por lo que todas las empresas y entidades deberán contar con los procedimientos necesarios para la recepción de las peticiones de los individuos.
El proyecto de decreto reforma los Artículos 3, fracciones II y VII, y 33, así como la denominación del capítulo II del Título Segundo de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. La fracción II del articulo 3º establece una definición de datos personales y la fracción VII cambia la denominación del IFAI por la del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, entidad que tendrá por objeto difundir el conocimiento del derecho a la protección de datos personales, promover su ejercicio y vigilar la observancia de las disposiciones de la ley.
Aquí hay una nota de El Universal donde un empleado cuenta detalles
Donde conocer más respecto de Protección de los Datos Personales de México (UNAM)
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